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Rubinstein inauguró curso para la formación de 100 líderes en informática en salud

El secretario de Gobierno de Salud de la Nación destacó la alianza estratégica entre la cartera sanitaria, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y el Hospital Italiano de Buenos Aires para avanzar en la capacitación en sistemas de salud interoperables, más eficientes y accesibles.


El secretario de Gobierno de Salud de la Nación, Adolfo Rubinstein, inauguró hoy el Curso Virtual de Introducción a los Sistemas de Información en Salud para la formación de 100 líderes en informática en salud, una iniciativa destinada a garantizar la implementación de la Cobertura Universal de Salud (CUS).

“La estrategia digital es uno de los tres grandes ejes de la ampliación de la cobertura efectiva que estamos llevando a cabo, que comprende la expansión de la cobertura territorial a través de la medicina familiar y comunitaria y la conformación de equipos de atención primaria que vayan expandiendo esa cobertura hacia la extensión de nuevas prestaciones y prácticas vinculadas a las enfermedades crónicas”, indicó Rubinstein al inicio del encuentro.

A través de videoconferencia y conectados con distintos puntos del país, el lanzamiento del curso contó con la participación del secretario de Coberturas y Recursos en Salud, Luis Giménez, la representante de la Organización Panamericana de la Salud en Argentina, Maureen Birminghan, y el director nacional de Sistemas de Información en Salud, Alejandro López Osornio.

“La ampliación de la cobertura efectiva no podría llevarse adelante sin una sólida estrategia de información denominada cobertura digital, que tiene que ver no sólo con conectividad sino también con sistemas de información interoperable y con instrumentos como la historia clínica electrónica que permita mejorar la calidad de los cuidados”, dijo Rubinstein quien celebró la alianza entre la secretaría de Salud, la OPS y el Hospital Italiano de Buenos Aires para dar impulso a la capacitación e innovación en sistemas de información.

Por su parte, Birminghan consideró que “Argentina es el primer país de la región en proponer un programa de capacitación de gerentes de los sistemas de información que conocen del tema”, y añadió “es una alegría apoyar este curso que es una iniciativa digital de la secretaría para acompañar el proceso transformador de la CUS”.

El objetivo del curso, que es organizado por la Dirección Nacional de Sistemas de Información en Salud y cuenta con la cooperación de la OPS y el Hospital Italiano de Buenos Aires, es formar 100 líderes para la gestión de proyectos de sistemas de información en salud que estén orientados a facilitar la gestión y el manejo de la información sanitaria y administrativa de un hospital o centro de salud.

La instancia de capacitación propone comprender la complejidad de los sistemas de información, qué motiva el auge de la informática en salud como disciplina, cuáles son las soluciones emergentes y los desafíos pendientes.

Está destinado a integrantes de equipos de salud que ocupen lugares estratégicos para el desarrollo de sistemas de información en salud a nivel nacional y para aquellos que tengan la necesidad de formarse en roles de liderazgo para el diseño y la ejecución de proyectos tecnológicos en salud que permitan aumentar la productividad y la gestión financiera, mejorando la calidad, seguridad y costo-efectividad de la atención sanitaria.

El curso, que tendrá una duración de 4 meses, se desarrollará con una modalidad en línea, a través de la Plataforma Virtual de Salud de la Secretaría de Gobierno de Salud. Este entorno educativo está basado en un modelo pedagógico de aprendizaje colaborativo mediado por tecnología, en el que docentes y estudiantes interactúan utilizando la internet como soporte.

Como uno de los ejes de la Cobertura Universal de Salud (CUS), la estrategia nacional de salud digital está orientada a fortalecer el acceso a la salud de la población mediante el mejoramiento de la calidad de la información disponible a través de la obtención de sistemas de información interoperables.

Rubinstein

100 líderes sistemas de información en salud

Rubinstein encabezó la primera reunión del año de las máximas autoridades de Salud de todo el país

En el marco del Consejo Federal de Salud (COFESA), el funcionario presentó el Programa Nacional de Ampliación de la Cobertura en Salud (PACES), la estrategia del gobierno nacional para garantizar el acceso equitativo a servicios de salud de calidad, para el que se destinarán 650 millones de dólares y que refuerza la Cobertura Universal de Salud (CUS).


El Secretario de Gobierno de Salud de la Nación, Adolfo Rubinstein, presentó hoy a todos los ministros de Salud del país, los alcances del Programa Nacional de Ampliación de la Cobertura Efectiva en Salud (PACES), la estrategia que el gobierno nacional pondrá en marcha desde mediados de año para garantizar el acceso equitativo a los servicios de salud y para la que se destinarán 650 millones de dólares.

Rubinstein y Gabinete en COFESA

“Como continuación del Programa Sumar, el PACES es un marco estratégico de desarrollo que prioriza líneas de cuidado vinculadas a la prevención y tratamiento de las enfermedades crónicas: cardiovasculares, diabetes, enfermedad pulmonar obstructiva, entre otras, y viene a reforzar la Cobertura Universal de Salud (CUS)”, sostuvo Rubinstein en la primera reunión del año del Consejo Federal de Salud (COFESA), que se realizó en la ciudad de Buenos Aires.

“En definitiva –continuó- el PACES va a ser el programa más importante de apoyo a la CUS para lograr la cobertura efectiva de salud de todos los argentinos”, señaló Rubinstein al tiempo que agregó que en éste “se van a alinear todos los programas nacionales como PROTEGER y REDES”, indicó.

Todos los Ministros con Rubinstein en Cofesa

El PACES, cuya puesta en funcionamiento se prevé para julio de este año, se basa en tres ejes estratégicos: salud familiar y comunitaria, con la definición de áreas de incumbencia y la identificación y nominalización de la población; salud digital, para el desarrollo de sistemas de información interoperables y la implementación de la historia clínica digital; y la cobertura de calidad, a través de los seguros públicos provinciales y priorizando líneas de cuidado específicas y un fondo de alta complejidad.

Ministro Scarsi de Provincia de Buenos Aires en COFESA

La ejecución del PACES, prevista entre 2019 y 2022, demandará una inversión de 650 millones de dólares, de los cuales 300 millones aportará el Estado nacional, 300 el Banco Mundial y 50 millones serán financiados por las provincias.

Ministro de Jujuy en COFESA

Asimismo, está prevista la compra de bienes por 66 millones de dólares, de los cuales 22 millones serán destinados a la adquisición de equipamiento diagnóstico y terapéutico, 28 millones a vehículos sanitarios (50 ambulancias y 50 vehículos de traslado) y 16 millones servirán para fortalecer los sistemas de salud digital.

La coordinadora ejecutiva del PACES, Agustina Mazzoni, informó también que el esquema de financiamiento del programa que reemplazará al SUMAR mantiene las características de su antecesor: se trata del pago por cápita ajustado por desempeño en base a 11 trazadoras. De ese modo, los seguros provinciales reciben los fondos aportados por la Nación para cada prestación, mientras que el establecimiento de salud decide la utilización de los fondos.

Ministros de Misiones y Río Negro en COFESA

En tanto, el PACES prevé la ampliación de la cobertura prestacional que agrega 67 prestaciones y 13 líneas de cuidado a las contempladas en el SUMAR. Esto representa un total de 700 prestaciones y 63 líneas de cuidado, entre las que se destacan: Infarto de miocardio, enfermedades crónicas cardiovasculares, enfermedades transmisibles, salud mental y detección de trastornos del aprendizaje, hernia diafragmática congénita y telesalud.

Ministra de San Luis en COFESA

Finalmente, acerca del fondo de alta complejidad, Mazzoni informó que la Nación será la encargada de definir las prestaciones y pagarlas en base a tres líneas de cuidado: cardiopatías congénitas, malformaciones congénitas neonatales quirúrgicas e infarto de miocardio, mientras que las provincias serán las responsables de brindar las prestaciones y garantizar su calidad.

Ministro de Salta en COFESA

La CUS, una realidad en casi todas las provincias

En el marco de la agenda del COFESA, Rubinstein destacó el grado de avance de la Cobertura Universal de Salud, a la que han adherido 21 provincias, de las cuales 3 se encuentran en etapa de escalabilidad – población nominalizada y equipos conformados- , 10 en etapa de implementación y 8 en etapa de planificación.

Ministra de San Juan en COFESA

Esto representa, en números, casi 2.900 millones de pesos transferidos, 400 consultores y 8.600 becarios, 1400 computadoras, 100 vehículos, 4 angiógrafos y 17 torres de endoscopía.

Ministro de Chaco en COFESA

Otros temas de la agenda sanitaria común

Diana Fariña diapo chat Crecer
Durante el encuentro, integrantes del Gabinete de la cartera sanitaria nacional presentaron y analizaron junto a los ministros de todo el país temas vinculados a la gestión sanitaria como son: la formación de los equipos de salud y los logros del Examen Único de Residencias del Sistema de Salud; la presentación de resultados en el materia de salud materno infantil; la compra consolidada de medicamentos de alto costo; los avances en el proceso de eliminación del paludismo en la Argentina y la presentación del III Encuentro de Alcaldes de Municipios Saludables de la Región de las Américas.

Diana Fariña Maternidad e Infancia

Exposición resultados censo nacional de mamógrafos 2018 en COFESA

Además, en el marco de la reunión de COFESA, el superintendente de Servicios de Salud, Sebastián Neuspiller, presentó el plan estratégico 2019 y los avances del área a su cargo, al igual que el director ejecutivo del PAMI, Sergio Cassinotti.

Foto Ministros y Rubinstein al inicio de COFESA

Resolución 592/2019

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD

Resolución 592/2019

RESOL-2019-592-APN-SGS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2019

VISTO el Expediente EX-2019-18014747-APN-GGE#SSS del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, la Ley Nº 26.682, los Decretos Nº 1991 de fecha 29 de noviembre de 2011, Nº 1993 de fecha 30 de noviembre de 2011 y Nº 66 de fecha 22 de enero de 2019, la Resolución N° RESOL- 2018-933-APN-SGS#MSYDS de fecha 28 de diciembre de 2018 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.682 establece el Marco Regulatorio de Medicina Prepaga, alcanzando a toda persona física o jurídica, cualquiera sea el tipo, figura jurídica y denominación que adopten, cuyo objeto consista en brindar prestaciones de prevención, protección, tratamiento y rehabilitación de la salud humana a los usuarios, a través de una modalidad de asociación voluntaria mediante sistemas pagos de adhesión, ya sea en efectores propios o a través de terceros vinculados o contratados al efecto, sea por contratación individual o corporativa.

Que el artículo 4° del Decreto Nº 1993/2011, reglamentario de la citada Ley, establece que el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL es la autoridad de aplicación de la misma, a través de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado de su jurisdicción.

Que el artículo 17 de la referida Ley, prevé que la Autoridad de Aplicación fiscalizará y garantizará la razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales de las Entidades de Medicina Prepaga y autorizará el aumento de las mismas, cuando dicho aumento esté fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable cálculo actuarial de riesgo.

Que, de acuerdo al artículo 5°, entre otros objetivos y funciones, la Autoridad de Aplicación, debe autorizar y revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones.

Que el inciso g) del artículo 5° del Decreto Nº 1993/2011 (modificado por Decreto Nº 66/2019), establece que las cuotas que deberán abonar los usuarios se autorizarán conforme las pautas establecidas en el artículo 17 del mismo. Las entidades que pretendan aumentar el monto de las cuotas que abonan los usuarios deberán presentar el requerimiento a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, quien deberá posteriormente elevarlo al MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL para su aprobación.

Que, además, las entidades deberán, una vez autorizado dicho aumento, informar a los usuarios los incrementos que se registrarán en el monto de las cuotas con una antelación no inferior a los TREINTA (30) días corridos, contados a partir de la fecha en que la nueva cuota comenzará a regir. Se entenderá cumplimentado el deber de información del aumento al usuario al que se refiere el presente apartado, con la notificación incorporada en la factura del mes precedente y/o carta informativa.

Que, con el fin de dar curso a la presente autorización de aumento, la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD evaluó el incremento de costos del sector.

Que del análisis realizado, surge que resulta razonable autorizar un aumento general, complementario y acumulativo de aquél que fuera aprobado mediante la Resolución N° RESOL-2018-933-APNSGS# MSYDS, de SIETE CON CINCUENTA POR CIENTO (7,5%) a partir del 1º de mayo de 2019.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios aprobada por Decreto Nº 801/2018 y lo determinado en artículo 20 del Decreto Nº 802/2018 ambos sustitutivos de la anterior Ley de Ministerios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° – Autorízase a todas las Entidades de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (R.N.E.M.P.) a incrementar el valor autorizado por la Resolución Nº RESOL-2018-933-APN-SGS#MSYDS, en hasta un SIETE CON CINCUENTA POR CIENTO (7,50%) a partir del 1° de mayo de 2019.

ARTÍCULO 2º – El aumento autorizado en el artículo precedente podrá percibirse, una vez cumplida la notificación prevista en el artículo 5°, inciso g) del Decreto Nº 1993/2011 (modificado por Decreto Nº 66/2019). Las Entidades de Medicina Prepaga deberán extremar los recaudos necesarios para notificar de manera fehaciente a los usuarios, a fin de que aquellos tengan cabal información de dichos aumentos.

ARTÍCULO 3° —Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Adolfo Luis Rubinstein

e. 29/03/2019 N° 20427/19 v. 29/03/2019

Fecha de publicación 29/03/2019