La ley obliga al Estado a desarrollar las condiciones para que todos los centros de salud de Argentina interconecten el historial médico de cada habitante. El detalle de los alcances y las posibilidades de su correcta aplicación.
20 de marzo de 2023, CABA (Ansol). – El Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial la sanción del Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de las Historias Clínicas de la República Argentina, una medida ambiciosa que apunta a reunir todo el registro médico de cada habitante en un solo sistema interconectado, confidencial y de libre acceso personal.
A partir de su implementación, el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas será el lugar donde haya «constancia de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud, que se brinde en el territorio nacional, ya sea en establecimientos públicos del sistema de salud de jurisdicción nacional, provincial o municipal, como en establecimientos privados y de la seguridad social».
La medida fue aprobada por las Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación, e insta al Estado, a través del Ministerio de Salud, a:
- Crear y conformar con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la estructura organizativa del Programa y reglamentar su implementación y su progresivo funcionamiento;
- Determinar las características técnicas y operativas de la informatización y digitalización de las historias clínicas del sistema de salud nacional;
- Elaborar un protocolo de carga de historias clínicas, así como diseñar e implementar un software de historia clínica coordinando la implementación interjurisdiccional;
- Generar un marco de interoperabilidad entre los sistemas que se encuentren en funcionamiento con los sistemas a crear, tanto en el sector público, privado y del ámbito de la seguridad social;
- Instalar el software de forma gratuita en todos los hospitales públicos, nacionales, provinciales y municipales; y, en la forma que se establezca por vía reglamentaria, en los centros de salud privados y de la seguridad social;
- Proveer asistencia técnica y financiera (aporte de recursos) a las jurisdicciones provinciales y de CABA;
- Crear una Comisión Interdisciplinaria de expertos garantizando la representación proporcional de los subsistemas involucrados, a los efectos de coordinar con las autoridades provinciales y de CABA, en el marco del Consejo Federal de Salud (COFESA), la implementación de la presente ley en cada una de las jurisdicciones;
- Capacitar al personal sanitario.
Acceso irrestricto y trazabilidad
La ley aprobada expresa que las nuevas historias clínicas electrónicas deben contener los datos médicos de cada persona, de forma clara y de fácil entendimiento, desde el nacimiento hasta su fallecimiento. Esa información será de libre acceso y seguimiento por parte del paciente.
Además, la información suministrada no puede ser alterada, sin que quede registrada la modificación pertinente, aun en el caso de que tuviera por objeto subsanar un error.
«La información clínica contenida en el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas debe tener, bajo la responsabilidad administrativa, civil o penal, carácter confidencial«, obliga el texto de la nueva ley. La cuestión de la seguridad informática de esa base de datos será parte de las precisiones que el Ejecutivo tendrá que resolver cuando encare este ambicioso proyecto.
El texto de la ley publicado en el Boletín Oficial define qué es lo que deberá contener la historia clínica unificada: «Forman parte los consentimientos informados, las hojas de indicaciones médicas y/o profesionales, las planillas de enfermería, los protocolos quirúrgicos, las prescripciones dietarias, certificados de vacunación, los estudios y prácticas realizadas, rechazadas o abandonadas».
La implementación, a mediano plazo
No son pocas las voces que aplaudieron la aprobación de esta ley, a la vez que señalaron que, en términos reales, su implementación pueda tratarse de una odisea organizacional y administrativa -además de una erogación de recursos para nada marginal- para el estado argentino.
Juan Pivetta, presidente de la Federación Argentina de Mutuales de Salud (FAMSA), habló con Ansol sobre lo aprobado por el Congreso y, así como expresó su alegría por la medida, definió cuáles son los matices que hay que tener en cuenta.
«Esta ley es importante siempre y cuando forme parte de una política sobre la salud en Argentina. A primera vista, de momento parece más bien una expresión de deseo. Deja a supeditada la implementación al Poder Ejecutivo y el ministerio de Salud, pero al ser la salud una cuestión federal queda a criterio de cada una de las provincias para llevarlo adelante», dijo.
Pivetta observó que el principal desafío es «lograr un lenguaje común, a través de sistemas de interoperatividad que implica un diálogo y cruce de información de las personas que están en los distintos subsistemas, tanto la salud pública, la privada y la economía social». Remarcó que un sistema de informatización similar se quiso empezar a implementar bastante antes de la pandemia.
En ese marco, definió al Sistema Único de Historias Clínicas Electrónicas como «una inversión enorme del estado nacional, que en paralelo destina cada vez menos recursos a la salud. Hay que tener la tecnología adecuada, tanto hardware como software, conectividad necesaria y demás». Por último, el titular de FAMSA puntualizó en que «es una carta de intención para mejorar la salud en Argentina, pero depende en su aplicación del gobierno de turno».
| Fuente: www.ansol.com.ar