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Comienza el estudio de vigilancia sanitaria para evaluar la proporción de personas con serología positiva para COVID-19

El primer paso de la investigación será en la estación Plaza Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el fin de evaluar el protocolo de toma de muestras para luego seguir avanzando en más estaciones y jurisdicciones.

Luego de recibir durante esta semana 170.000 test serológicos procedentes de China, el Ministerio de Salud dará inicio mañana al estudio de vigilancia sanitaria para evaluar la proporción de personas con serología positiva para COVID-19. La investigación se centrará en el transporte público y en la primera etapa se tomarán muestras en las estaciones Plaza Constitución, Once y Retiro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

“Estos tests no tienen un rol diagnóstico y están indicados para investigación, con el objetivo de conocer qué proporción de las personas han tenido contacto con el virus y han generado anticuerpos”, explicó la secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti.

“Mañana – continuó la viceministra – vamos a dar el primer paso en la estación de Constitución para evaluar el protocolo de toma de muestras para después seguir trabajando en la implementación en el resto de las estaciones y en otras jurisdicciones del país”.

Vizzotti también informó que hoy habrá una reunión a través de teleconferencia del Consejo Federal de Salud (COFESA) donde el ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, trabajará con sus pares provinciales y que por la tarde se reunirá con el presidente de la Nación, Alberto Fernández, y los infectólogos que forman parte del Comité de Expertos para seguir analizando los próximos pasos.

Por su parte, el subsecretario de Estrategias Sanitarias, Alejandro Costa, brindó datos sobre la situación epidemiológica actual en la que los casos confirmados suman 3.288 entre los que se incluyen 159 fallecidos, con una tasa de letalidad de 4,8 %. En terapia intensiva hay 136 personas y 919 ya obtuvieron el alta médica.

Respecto de los estudios diagnósticos, se realizaron un total de 41.786 tests con una tasa de positividad de 9,35 por ciento.

Una oportunidad para eliminar criaderos de mosquitos

“En este contexto de cuarentena tenemos la gran oportunidad de ser partícipes activos para prevenir el dengue desde nuestros domicilios en balcones, patios, terrazas y jardines”, aseguró el director de Control de Enfermedades Transmisibles por Vectores, Adrián Galo. El objetivo es eliminar los recipientes y objetos que pueden acumular agua donde la hembra adulta del mosquito Aedes aegypti deposita sus huevos.

El funcionario informó que en el país están circulando los serotipos de dengue 1, 2 y 4 y que una hembra adulta de mosquito en su ciclo de vida útil puede poner entre 500 y 700 huevos por lo cual es muy importante eliminar los criaderos. Las recomendaciones para eso son:

• Eliminar todos los recipientes en desuso que puedan acumular agua (como latas, botellas, neumáticos).
• Dar vuelta los objetos que se encuentran en el exterior y pueden acumular agua cuando llueve (baldes, palanganas, tambores).
• Cambiar el agua de bebederos de animales y limpiar los colectores de desagües de aire acondicionado o lluvia, dentro y fuera de la casa, cada tres días. Es importante frotar las paredes de los recipientes con una esponja a fin de desprender los huevos de mosquito que puedan estar adheridos.
• Rellenar los floreros y portamacetas con arena húmeda.
• Mantener los patios limpios y ordenados y los jardines desmalezados.
• Limpiar canaletas y desagües de lluvia de los techos.
• Tapar los tanques y recipientes que se usan para recolectar agua.

También es importante prestar atención a síntomas como fiebre acompañada de dolor detrás de los ojos, de cabeza, muscular y de articulaciones; nauseas y vómitos; cansancio intenso; aparición de manchas en la piel; picazón y/o sangrado de nariz y encías; y consultar al médico y no automedicarse.

Ministerio de Salud actualizó la definición de caso sospechoso de COVID-19

A partir de ahora se incluyen como nuevos síntomas la falta de olfato y gusto. También se debe tener en cuenta fiebre a partir de 37.5 grados centígrados. Además se establecieron nuevos criterios para el personal de salud y esencial, y los pacientes con neumonía.


En el día de hoy, las autoridades sanitarias del Ministerio de Salud de la Nación, actualizaron la definición de caso sospechoso de COVID-19 e incluyeron entre los criterios para sospechar la enfermedad la dificultad de las personas para detectar el gusto y los olores; así como fiebre a partir de los 37.5 grados centígrados.

Específicamente, la nueva definición de caso sospechoso de COVID-19 incluye a toda persona que presente fiebre de 37.5 Cº o más y uno o más de los siguientes síntomas: tos, dolor de garganta, dificultad respiratoria, falta de olfato o gusto (anosmia/disgeusia) sin otra enfermedad que explique completamente el cuadro clínico.

Además, a estas características clínicas se le debe sumar el hecho de que esa persona haya estado en los últimos 14 días en contacto con casos confirmados de COVID-19; o tenga un antecedente de viaje internacional; o tenga un historial de viaje o residencia en nuestro país en zonas de transmisión local de COVID-19, ya sea comunitaria o por conglomerados.

También se establece que el equipo de salud debe sospechar de COVID-19 en todo paciente con diagnóstico clínico y radiológico de neumonía y sin otra etiología que explique el cuadro clínico.

Dentro de los nuevos criterios establecidos por las autoridades sanitarias, a partir de ahora, todo paciente que sólo presente anosmia/disgeusia, de reciente aparición y sin otra causa definida, se le indicará aislamiento durante 72 horas y la toma de muestra para diagnóstico para PCR, al tercer día de iniciado síntomas.

En cuanto al personal de salud y el personal esencial, se definió que deberán ser evaluados por PCR todos aquellos que presenten fiebre ó por lo menos dos de los síntomas descriptos de la enfermedad. Ante la presencia de dos ó más de los síntomas descriptos sin la presencia de fiebre se indicará aislamiento durante 72 horas,y posterior toma de muestra para diagnóstico por PCR, al tercer día de iniciado síntomas.

Resolución 85/2020

Boletín Oficial: 34.357

Publicado: 16/04/2020

Sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad.

Resolución 85/2020

Boletín Oficial Nº 34.357 – Primera Sección 13 Jueves 16 de abril de 2020 SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADResolución 85/2020RESOL-2020-85-APN-DE#ANDCiudad de Buenos Aires, 14/04/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-16518599-APN-DE#AND, la Ley N° 24.901, sus modificatorias y complementarias, los Decretos Nros. 1193/98, 698/17, 260/20, 297/20 y 325/20; la Resoluciones Nros. 63/20 y 76/20 del Presidente del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, yCONSIDERANDO:

Que, por el Decreto reglamentario Nº 1193 de fecha 8 de octubre de 1998 se establece que la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS será el organismo regulador del “Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad” y, contará para su administración con un DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, cuya presidencia será ejercida por el Presidente de la referida Comisión Nacional.

Que por el Decreto N° 698 de fecha 5 de septiembre de 2017 se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, encargado del diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las personas en situación de discapacidad y la conducción del proceso de otorgamiento de las pensiones por invalidez y las emergentes de las Leyes N° 25.869 y N° 26.928.

Que, por otra parte, la norma antes referida, estableció que la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD será el organismo continuador, a todos los fines, de las ex COMISIÓN NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES y ex COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.Que es de público y notorio conocimiento la situación excepcional derivada de la crítica situación sanitaria provocada por el virus COVID-19 cuya propagación a nivel mundial pone en riesgo a la población.

Que mediante Decreto Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020, normas modificatorias y complementarias, se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de su entrada en vigencia.

Que por el Decreto N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020 se estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año.

Que dicha medida fue prorrogada por el Decreto N° 325 de fecha 31 de marzo de 2020 hasta el día 12 de abril de 2020, inclusive, mientras que por el Decreto N° 355 de fecha 11 de abril de 2020, se prorrogó tal medida hasta el 26 de abril, inclusive.

Que mediante Acta N° 392 del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD se resolvió, entre otras cosas, suspender, por criterios epidemiológicos, hasta el 31 de marzo de 2020, las siguientes prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad de la Ley Nº 24.901, sus modificatorias y complementarias: Centros Educativos Terapéuticos, Centros de Día, Servicios de Rehabilitación, Servicios de Apoyo a la Inclusión Educativa y modalidades de prestaciones de apoyo.

Que, asimismo, se estableció que los Hogares y Residencias previstos en la Ley N° 24.901, sus modificatorias y complementarias, seguirán prestando exclusivamente los servicios de vivienda, alimentación y atención personalizada.

Que ello quedó plasmado en la Resolución N° 63 del Presidente del citado Directorio, de fecha 19 de marzo de 2020.Que, mediante Acta N° 394 del DIRECTORIO DE DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD se acordó adoptar nuevas medidas a fin de asegurar la protección sanitaria a favor de las personas con discapacidad.


Boletín Oficial Nº 34.357 – Primera Sección 14Jueves 16 de abril de 2020


Que, como consecuencia de ello, mediante Resolución N° 76 del Presidente del citado Directorio de fecha 11 de abril de 2020 se resolvió suspender, por criterios epidemiológicos, hasta tanto el Poder Ejecutivo estime procedente el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, diversas prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad de la Ley Nº 24.901, sus modificatorias y complementarias.

Que, asimismo, por la referida Resolución se estableció que la suspensión de actividades de las prestaciones, debe entenderse como suspensión de las actividades presenciales, con contacto directo de los usuarios y no a la supresión de las actividades, que no sean exceptuadas por los Decretos de Necesidad y Urgencia de Presidencia de la Nación.

Que mediante Acta N° 395 del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD de fecha 13 de abril de 2020 se propone mantener la suspensión con carácter epidemiológico respecto de todas las prestaciones bajo modalidad presencial y abonar los meses de marzo y abril del 2020 contra la presentación de la documentación correspondiente.

Que en consecuencia, deviene necesario dejar sin efecto la Resolución N° 76/20 del Presidente del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD y adoptar nuevas medidas en relación a la suspensión de las prestaciones anteriormente mencionadas.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Agencia Nacional de Discapacidad ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las funciones reconocidas al DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD por el artículo 5º apartados a) y e) del Anexo A del Decreto 1193/98.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL

A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto la Resolución N° 76 del Presidente del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD de fecha 11 de abril de 2020.

ARTICULO 2°.- Suspéndase, por criterios epidemiológicos, la prestación bajo modalidad presencial, de las prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad contempladas en el nomenclador de la Ley N° 24.901, durante la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” establecido mediante el Decreto N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020.Quedan exceptuadas de la suspensión aquellas prestaciones del nomenclador de la Ley N° 24.901 que impliquen alojamiento de las personas con discapacidad.

ARTÍCULO 3°.- Las prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad contempladas en el nomenclador de la Ley N° 24.901, correspondientes a los meses de marzo y abril de 2020, serán liquidadas y abonadas en su totalidad, contra la entrega de la documentación respaldatoria correspondiente que dé cuenta de la efectivización de la misma.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y oportunamente, archívese. Claudio Flavio Augusto Espositoe. 16/04/2020 N° 17116/20 v. 16/04/2020

 

 

Día Mundial de la Hemofilia: participá + virtualmente y de manera segura

Este año el lema es “Participá+” y busca instar a las personas a involucrarse desde el hogar a concientizar sobre este trastorno.

Día Mundial de la Hemofilia: participá + virtualmente y de manera segura

Día Mundial de la Hemofilia: participá + virtualmente y de manera segura

Cada año, el 17 de abril, el Día Mundial de la Hemofilia es reconocido en todo el mundo para concientizar sobre la hemofilia, la enfermedad de von Willebrand y otros trastornos hemorrágicos congénitos.

El tema de este trigésimo aniversario es “Participá+” para instar a las personas a involucrarse (desde el hogar y de manera virtual) a celebrar la ardua labor y la dedicación de la comunidad en nombre del Tratamiento para todos.

La Federación Mundial de Hemofilia (FMH) fue establecida en 1963 por Fran Schnable, nacido con hemofilia A grave, para mejorar el tratamiento y la atención de todos los pacientes con hemofilia a través de esta organización internacional.

El Programa de ayuda humanitaria de la FMH ofrece una gama de iniciativas de capacitación para el desarrollo de la atención integral cuyo objetivo es garantizar que haya infraestructura y experiencia médica a escala local a fin de poder optimizar y usar adecuadamente los productos donados.

¿Qué es la hemofilia?

La hemofilia es un trastorno hemorrágico poco común en el que la sangre no se coagula normalmente y por lo general, es hereditaria, es decir que se transmite de padres a hijos. Cuando una persona padece de hemofilia, al tener una una herida puede sangrar más tiempo que las personas que no tienen esta enfermedad, tener sangrado sangrado interno —especialmente en las rodillas, los tobillos y los codos— y este sangrado puede lesionar los órganos y tejidos y poner la vida en peligro.

Su causa es la falta o baja cantidad de factores de coagulación que actúan cuando los vasos sanguíneos se lesionan, ayudando a que las plaquetas se adhieran unas a otras para taponar las heridas y los vasos sanguíneos rotos para detener el sangrado.

Un varón que tenga un gen defectuoso de hemofilia en el cromosoma X sufrirá hemofilia, mientras que una mujer debe tener el gen defectuoso en ambos cromosomas X para tener hemofilia, aunque esta situación es muy poco común. A su vez, si una mujer tiene el gen defectuoso en solo uno de sus cromosomas X, es “portadora” de la hemofilia (no sufren la enfermedad, pero pueden transmitirla a sus hijos).

En raras ocasiones la hemofilia puede ser adquirida —la persona no nace con el trastorno sino que este se presenta durante la vida—, y puede suceder si el organismo forma anticuerpos que atacan los factores de coagulación de la sangre e impiden que estos realicen su función.

Hoy en día, el tratamiento de la hemofilia es muy efectivo. Este consiste en la infusión intravenosa de concentrados de factores de coagulación para corregir la ausencia o deficiencia de los mismos; o bien, en un tratamiento de restitución periódica para prevenir el sangrado.