ACAMI

SE ACTUALIZA EL VALOR DE LOS ARANCELES VIGENTES DEL SISTEMA DE PRESTACIONES DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

MINISTERIO DE SALUD Y AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

Resolución Conjunta 4/2018

Ciudad de Buenos Aires, 11/04/2018

Publicado B.O. 13/04/2018

VISTO la Ley Nº 24.901, las Resoluciones Ministeriales Nros. 428 del 23 de junio de 1999 (B.O. 24/04/2000), N° 1993-E/2017 MS del 31 de octubre de 2017 (B.O. 2/11/2017), N° 2133-E/2017 MS del 9 de noviembre de 2017 (B.O. 13/11/2017), los Decretos N° 698 del 5 de septiembre de 2017 (B.O.6/09/2017) y Nº 95 del 1 de febrero de 2018 (B.O. 2/2/18) y el EX–2018-APN-12102822-APNDA#SNR, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.901 instituye un Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.

Que por Resolución Ministerial Nº 428/99 del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL se aprobó el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, cuyos aranceles se actualizan periódicamente por Resolución del MINISTERIO DE SALUD, a partir de la propuesta elevada por el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.

Que mediante la Resolución N° 1993-E/2017 MS se dispuso la actualización del valor de los aranceles del Sistema de Prestaciones de Atención Integral a favor de  east jump las Personas con Discapacidad –a excepción de la prestación de Transporte-, a partir del 1° de octubre de 2017, conforme se detalló en la TABLA ANEXA al ACTA Nº 372 del DIRECTORIO DEL SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES BÁSICAS PARA LA HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD que como ANEXO I (IF-2017-24150234-APN-CNAIPD#CNCPS) formó parte integrante de la citada resolución.

Que asimismo, dicha resolución reconoció un adicional del VEINTE POR CIENTO (20%) sobre el arancel básico, por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica.

Que con posterioridad, a través de la Resolución 2133-E/2017 MS, se suprimió del artículo 1° de la Resolución1993-E/2017 MS antes referida, la excepción de la Prestación de Transporte mencionada; se aclaró que el porcentaje de aumento de los aranceles del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad fijados por dicha resolución, son de aplicación a las tres categorías: A; B y C, de los rubros incluidos en Anexo I (IF-2017-26789801-APN-SECPREI#MS) y que los valores son referenciales.

Que no obstante lo expuesto, mediante la suscripción del ACTA Nº 372, ut supra referida, labrada en ocasión de llevarse a cabo la reunión del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas el día 12 de Octubre de 2017, el señor Presidente del Directorio se comprometió a consensuar una herramienta técnica cuya finalidad fuera, entre otras, analizar y estimar la estructura de costos de las prestaciones básicas incluidas en el “Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad” según reza la Ley N° 24.901.

Que además, en tal oportunidad se advirtió que los valores que surjan de tal herramienta, deberán ajustarse en función de los resultados de la estructura de costos planteada y consensuada con las organizaciones participantes de la Comisión de Costos respectiva.

Que en consecuencia, y como parte del trabajo llevado adelante por dicha Comisión, se realizó una revisión exhaustiva de algunas de las prestaciones costeadas, arribando a un estudio de costos preliminar.

Que hasta tanto se concluya con el estudio de costos mencionado y con la finalidad, por un lado, de garantizar las condiciones mínimas para otorgar las prestaciones objeto de estudio, y por otro, de evitar que existan prestaciones que tengan un valor inferior al arrojado por dicho estudio, el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad propone la modificación del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad vigente, de conformidad a lo acordado mediante ACTA Nº 375 del DIRECTORIO DEL SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES BÁSICAS PARA LA HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, de fecha 14 de marzo de 2018.

Que mediante el Decreto Nº 698/17 (B.O. 6/09/2017) se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, que tiene a su cargo el diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de discapacidad.

Que a través del artículo 4º del Decreto Nº 95/18 (B.O. 2/2/18) se sustituyó del artículo 23 ter de la Ley de Ministerios (t. o. Dto. N° 438/92) y sus modificatorias, correspondiente al MINISTERIO DE SALUD, la competencia 38 correspondiendo a dicho Ministerio eastyl intervenir, en coordinación con la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD en la elaboración de las normas, políticas y respectivos programas vinculados con la discapacidad y rehabilitación integral.

Que dadas las competencias señaladas, corresponde que la presente medida se dicte en forma conjunta por el Señor Ministro de Salud y el Señor Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad.

Que han tomado la intervención de su competencia los Servicios Jurídicos Permanentes del Ministerio de Salud y de la Agencia Nacional de Discapacidad.

Que se actúa en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios Nº 22.520, sus modificatorias y complementarias y el Decreto Nº 698/17.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD Y EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Actualízase el valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, a partir del 1° de abril de 2018, conforme se detalla en el ANEXO I (IF-2018-13515717-APN-DAJ#SNR) que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Los valores que surgen del citado ANEXO, son referenciales.

ARTÍCULO 3°.- Reconózcase un adicional del VEINTE POR CIENTO (20%) sobre el arancel básico, por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Adolfo Luis Rubinstein. — Javier Ureta Saenz Peña.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-. e. 13/04/2018 N° 24015/18 v. 13/04/2018

 

 

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|Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina

UN TERCIO DE LA POBLACIÓN DE LA REGIÓN NO LOGRA ACCEDER A LA ATENCIÓN DE LA SALUD.

Acceso a la salud. Un tercio de la población de la región no recibe los servicios de atención que necesita en el momento adecuado. Obstáculos geográficos -la distancia hasta el centro de salud más cercano-, institucionales, culturales y socioeconómicos favorecen esa desigualdad en pleno siglo XXI, según la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

En la región, la OPS impulsa una campaña con los países miembros para alcanzar esa meta regional en 2030.

El informe “Salud en las Américas” que la OPS difundió el año pasado señaló las deudas que aún mantienen los países con aquel compromiso de 1978. Es más, a 40 años jumping castle de esa declaración, el diagnóstico de la oficina regional de la OMS en Washington es que América es “una de las regiones más inequitativas” del mundo.

Mientras que la implementación de la cobertura universal de salud (CUS) avanza más lento que lo necesario -hay 15,7 millones de argentinos sin cobertura-, los primeros resultados en la ciudad mendocina de Guaymallén satisfacen a las autoridades sanitarias nacionales. “En la Argentina existe cobertura universal nominal: el 100% tiene derecho a recibir atención médica en un centro de salud o un hospital, lo que no quiere decir que acceda efectivamente”, reconoció Adolfo Rubinstein, ministro de Salud de la Nación.

Indicó, por ejemplo, que la mortalidad infantil puede llegar a ser el doble o el triple entre las provincias más pobres y más ricas, mientras que la mortalidad materna puede llegar a ser ocho veces mayor o 10 veces si se trata del cáncer de cuello uterino. El tiempo considerado crítico para la atención de un infarto -entre que empieza el dolor de pecho y el gonfiabili paciente llega al hospital y hasta que recibe el tratamiento-, también es “terriblemente diferente”, ya sea por las barreras geográficas o de cobertura.

Por CUS, según definió, se entiende el acceso a los servicios con “calidad, equidad y efectividad”. En una primera etapa -la implementación de la CUS en el país demandaría entre tres y cinco años-, la prioridad la tienen esos 15,7 millones de argentinos sin cobertura. “Ahí están las disparidades sanitarias más importantes”, agregó Rubinstein.

Explicó que los pasos para extender la CUS a esa población incluyen cobertura territorial gradual con equipos de salud familiar y georreferenciada, estructura adecuada de los centros de atención, conectividad y sistemas de información, y priorización de los problemas para reducir las brechas con monitoreo de indicadores, en especial en el sector público.

|Fuente: La Nación

EL GOBIERNO AUTORIZO UN AUMENTO EN LAS PREPAGAS DESDE JUNIO.

El Gobierno acaba de dar el visto bueno para que las cuotas sufran un nuevo incremento. Los afiliados ya comenzaron a recibir las cartas con la notificación del incremento.

Todavía no se publicó en el Boletín Oficial la resolución que autorizará el aumento. De todas formas, en la Superintendencia de Servicios de Salud confirmaron que la bounce house for sale decisión ya está tomada: se resolvió, según detallaron, permitir una suba del 7,5% para todas las compañías, que entrará en vigencia a partir del primer día de junio.

“Veníamos conversando con las autoridades sobre la necesidad del incremento y se llegó a un acuerdo para aplicarlo en junio, con la primera cuota de los aumentos salariales para los trabajadores de la salud. Esperamos ahora la resolución y algunas empresas ya empezaron a enviar los avisos a sus afiliados”, contó a Clarín el Lic. Hugo Magonza, presidente de la Asociación Civil de Actividades Médicas Integradas (Acami), entidad que nuclea a más de 30 empresas del sector.

| Fuente: Clarin

REUNIÓN DE COFA CON SERGIO CASSINOTTI

La entidad farmacéutica expresó el descontento de la red de farmacias por los acuerdos firmados entre el Instituto y las cámaras de laboratorios por la continuidad del convenio.

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El día 4 de Abril ppdo., los representantes de COFA, FACAF y AFMyS mantuvieron una nueva reunión con el Director del PAMI, Lic. Sergio Cassinotti, a fin de expresarle el descontento de la red de farmacias de la Confederación por los acuerdos firmados entre el Instituto y las cámaras de laboratorios por la continuidad del convenio.

Desde las entidades farmacéuticas ratificaron que estos acuerdos fueron consecuencia de una decisión del gobierno nacional para recortar y controlar el gasto que le insume la prestación en medicamentos al PAMI y reducir el precio a los jubilados.

En este marco informan que COFA mantiene abierta la continuidad de gestión por una mayor baja en la bonificación que aportan las farmacias, para lo cual le mechanical bull for sale han dejado al Lic. Cassinotti un Informe Económico que sustenta el reclamo con argumentos claros sobre esta necesidad.

Por otra parte, también se trató la situación generada por el texto del acuerdo firmado entre PAMI y la cámara que agrupa a los laboratorios extranjeros, CAEME, en cuyo articulado no se hizo figurar el reconocimiento de la disminución de un punto porcentual en la bonificación que aporta cada farmacia prestadora, como sí se consignó en los acuerdos rubricados con Cooperala y con CILFA, obteniendo como respuesta el compromiso del Director del PAMI de que esto será corregido a la brevedad.

Las entidades farmacéuticas, COFA, FACAF y AFMyS, han remitido notas a las casas matrices de los laboratorios componentes de CAEME, situadas en el exterior del país, manifestando el profundo desagrado generado por el comportamiento de sus representantes en Argentina que conforman dicha cámara, y llevaron a cabo la negociación con el PAMI.

Todavía todas las partes involucradas están negociando con la finalidad de que las novedades acordadas entre laboratorios y PAMI no terminen afectando negativamente a la rentabilidad final de las farmacias.